La forma del Estado y la política teatral: aproximaciones históricas a la relación Estado-Teatro en México del siglo XVI al XXI.
Introducción de la tesis presentada por Valeria López en agosto de 2014 en la FCPyS, UNAM.
A partir de los años ochenta del siglo pasado podemos ubicar una tendencia académica por indagar en el estudio de las políticas públicas para la cultura y las artes. Sin embargo, la mayor parte de estos trabajos han sido realizados desde distintas miradas disciplinarias ajenas a las Ciencias Políticas y la Administración Pública, las cuales se han caracterizado por contener análisis con un fuerte énfasis normativo, que tiende a criticar, o diagnosticar, la actuación del Estado frente a estas temáticas, sin la comprensión e indagación previa de la idea del Estado. De ahí, la preocupación y la propuesta por desarrollar un ensayo construido a partir del análisis y reconstrucción histórica de la relación, que problematice, principalmente la forma del Estado y sus mecanismos para la acción de gobierno, en forma de política teatral.
Derivado de la ausencia de marcos teóricos de referencia, la propuesta de este ensayo consiste en perfilar y construir un concepto de política teatral, distanciado de la tendencia por intentar reducir todo a los marcos de las políticas públicas, que al mismo tiempo, dé cabida y pertinencia a su estudio desde las ciencias políticas y la administración pública, con la finalidad de pensar el desarrollo histórico de la relación Estado-Teatro, más allá de cualquier criterio normativo o ideológico.
Para dicha tarea se propone una reconstrucción y análisis histórico de la vinculación entre la forma del Estado y la política teatral en México, revisión que comienza en el siglo XVI, con el arribo de las misiones religiosas al territorio, y que culmina en los primeros años del siglo XXI, al entrar en vigor el estímulo fiscal EFITEATRO en el año 2011.
Además de no existir antecedente alguno sobre éste tipo de trabajos, el estudio histórico de la política teatral tiene por efecto distinguir, que pese a la continuidad y permanencia de la relación Estado-Teatro en el tiempo (Siglos XVI-XXI), no es ni ha sido invariable en sus matices y tampoco unilateral por parte del Estado, de ahí, la intención por indagar e identificar grados, cualidades, momentos de ruptura, continuidad o transformación de la política teatral en relación a las trasformaciones estructurales del Estado.
Para el desarrollo de este enfoque y estudio histórico, se propone instigar la categoría de Política teatral, como parte de la acción de gobierno, definida como las formas, medios de intervención, regulación y omisión de la autoridad gubernativa en el teatro y en la actividad teatral. Frente a las formas de intervención se intentará indagar en la orientación de sus propósitos, y al mismo tiempo responder a la pregunta: ¿por qué interviene?, es decir, cuáles son los motivos e incentivos que regulan su injerencia.
Por otra parte, coligada a la forma de intervención se ubican los medios por los que se vale para determinar su injerencia, es decir, responderá a la pregunta ¿Cómo interviene?, que pueden ubicarse como aquellos medios y mecanismos administrativos específicos a través de los cuales promueve, fomenta o da difusión a la actividad teatral, asimismo sus instrumentos para regular, reglamentar o censurar como las instituciones, subvenciones, premios, estímulos económicos, reglamentos, multas y castigos.
Adelantando un poco la disertación que se desarrolla con más precisión en las páginas siguientes, se asumió que las formas de intervención, o política teatral, mantienen un vínculo frente a tres características que son inherentes a la actividad teatral. La primera de ellas es la representación, que implica la injerencia u orientación de la autoridad sobre los contenidos, temas, formas (consideradas estéticas), discursos y retóricas que se reproducen y representan en la convención teatral. La segunda es la morfología del espacio, como arquitectura o lugar socialmente pautado para alojar a los miembros que participan en el acontecimiento teatral. En tanto que la tercera característica versa sobre los medios que implementa la autoridad para modificar, restringir o posibilitar las formas de convivencia que se propician durante el acontecimiento teatral.
En este sentido, perfilar el término política teatral permite problematizar y construir una categoría para abordar la relación, al ubicar las formas, mecanismos, condiciones de posibilidad e implicaciones de la relación (tanto en la actividad teatral, como en la configuración de los medios administrativos del Estado) a fin de poner en diálogo, y en crisis, su correlación histórica frente a las transformaciones estructurales de la forma del Estado mexicano.
La categoría forma del Estado ha sido retomada de un texto de Norberto Bobbio como punto de partida para su problematización. Norberto Bobbio en Estado, gobierno y sociedad: por una teoría general de la política, sugiere que “se pueden distinguir las diferentes formas del Estado con base en dos criterios principales, el histórico y el referente a la mayor o menor expansión del Estado frente a la sociedad”[1], esta propuesta es útil en demasía, ya que permite dirimir la reflexión actual sobre el fin del Estado, dado que ambos criterios, el histórico y el referente a la mayor o menor expansión del Estado, permiten explorar su forma y las características de la misma más allá de cualquier postura normativa que avale positiva o negativamente su expansión en relación con los ámbitos económico y religioso en el transcurso del tiempo y su correlato frente a la política teatral.
Por otra parte, la categoría forma del Estado invita a pensar las transformaciones del Estado como estadios o momentos (no sucesivos, ni jerarquizados) que tienen implicaciones prácticas y estructurales, y que posibilitan comprender su lógica estructural, para así ubicar la historicidad de las formas del Estado. Por tanto, uno de los objetivos, consiste en realizar un acercamiento a la historia del Estado mexicano para entender la manera en cómo sus trasformaciones tienen efectos y consecuencias en la orientación de la política teatral. Lo cual permite asumir como un compromiso teórico y metodológico, que la forma del Estado, retomando a Bobbio, está ligada a la calidad y cualidad de su relación con los ámbitos económico y religioso, lo cual, también, tiende a manifestar sus repercusiones en la política teatral.
Otro elemento que se ha problematizado es, si al modificar el carácter de la acción de gobierno éste tiene por efecto resignificar el sistema de reglas vigentes, regulaciones y expectativas implícitas en el proyecto político y económico de organización social, repercutiendo en la delimitación de la relación gobernantes-gobernados (que definen los márgenes de lo público y lo privado), asimismo se cuestiona, si el cambio de régimen implica una modificación sustantiva en los mecanismos de objetivación operativa (medios para la administración-gestión), dado que involucra un diseño y puesta en práctica de un tipo de racionalidad de los mismos[2], que al estar orientados por diversos fines y propósitos.
Por lo que, la política teatral, al ser principalmente un medio para la materialización y operacionalización de fines políticos más generales, no está exenta de verse modificadas por las trasformaciones estructurales de la forma del Estado, es más, el análisis de la política teatral podría ser claramente, un reflejo de sus cambios y transformaciones. De esta manera, la periodización que estructura el cuerpo de este ensayo, intenta ser una puesta en diálogo de la relación entre los rasgos generales de la forma y las formas del Estado mexicano y su correlativa Política Teatral, de ahí que tanto los apartados, como los contenidos se organizaron de la siguiente manera:
En el primer apartado se problematizan los conceptos de referencia como una forma de perfilar las coordenadas generales del ensayo. Para los cuales se retomaron las discusiones de forma de Estado, acción de gobierno y política teatral.
En el segundo apartado, la época colonial (1521-1810) se distinguieron 3 momentos o sub-formas derivadas de la relación y tensiones de los órganos civiles de gobierno frente a la iglesia. No obstante, el estatuto político de la relación gobernantes-gobernados se mantuvo bajo el estatuto súbdito-soberano, bajo la preminencia de lo divino como medio para legitimar dicho estatuto. En tanto que su política teatral se subordinó a que los cánones de su regulación estuviesen orientados por el mundo religioso que le dotaba de legitimidad al Estado.
El tercer apartado que abarca el siglo XIX, que vio emerger al Estado liberal de derecho se caracterizó por constantes conflictos intestinos, y que pese a que modificó los estatutos de la relación con los gobernados (ahora ciudadanos), sus funciones se limitaron a las principales para la subsistencia del Estado (guerra, hacienda, relaciones interiores y exteriores). Cuya política teatral tuvo suscrita, casi únicamente, a la reglamentación a los edificios teatrales, y a la promoción de la actividad en ceremonias cívicas de tipo secular por parte de algunos gobernantes.
El cuarto apartado se sitúa en el siglo XX, y parte de la configuración del Estado mexicano posterior a la Revolución mexicana, con la emergencia del Estado social-benefactor que instigó políticas corporativas y universalistas, además de modificar sustancialmente los estatutos de la relación gobernantes- gobernados a partir de los derechos sociales y las prácticas corporativas, en las que la política teatral, estuvo subsumida a la dualidad de las mismas.
Mientras que el quinto apartado inicia en los años 80 del siglo XX, año en que tuvo su clivaje la forma del Estado social-benefactor. Durante esos años, y hasta la fecha, se han implementado ajustes estructurales y reformas en pos de una reducción y redefinición de su injerencia en los asuntos públicos. Por lo que, como Estado acotado, se reserva un apartado para analizar los efectos que las políticas minimalistas han desencadenado para el establecimiento de la política teatral.
Para consultar el ensayo completo, dar click aquí:
[1] Norberto Bobbio, Estado, gobierno y sociedad: por una teoría general de la política, México, FCE, 1989, p. 158.
[2] 1. La composición orgánica del cuerpo de funcionarios, 2. La elaboración de definiciones sobre las materias que gobierna, 3. Perfila e instaura un léxico para su gobierno.
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